"(...) el uso de ECOHOTEL
no es permitido en la zona de USO SOSTENIBLE
, sin embargo, es necesario tener en cuenta que la palabra ECOHOTEL no describe con exactitud la actividad a realizar sino que en realidad se trata de una vivienda rural que va a ser adecuada para atender turistas. De acuerdo con la anterior considerac¡ón, este uso
SÍ ESTÁ PERMITIDO
y se encuentra especificado en la Ficha Normativa No. 5 que se anexa y que incluye como condic¡onados la vivienda rural no nucleada con posibilidad de servic¡o de alojamiento y la condición especial es si implica la recepción de más de 10 personas (...)".
Solo esta funcionaria pretende que una persona adicione dos habitaciones y por gusto la llame ECO-HOTEL LA ARGENTINA, pero ese sesgo de interpretación favorece a los clientes.
Señora Beatriz Elena Silva Tapasco permitanos recordarle que el Río Cestillal está AGOTADO y ECOHOTEL es eso y no una simple casa para una familia.
Según la resolución 3835 del 30 de diciembre de 2013...
Esto dice el concejal Crosthwaite
Indignado por un nuevo descubrimiento que confirma que en la CARDER aplican y moldean las normas a las necesidades de los particulares manifestó que ya envió el expediente a la Procuraduría Ambiental y Agraria, donde podrán verificar cómo otorgan una licencia donde no es permitido y solicita estudien esta nueva resolución que por lo visto viola las normas expedidas por la misma CARDER.
Reflexión
Los invito a que analicemos estos puntos:
1- Una resolución tipo SASTRE en tiempo récord.
2-No aprobaron los diseños del STARD (Sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas).
3-Aunque la Subdirección informa en el memorando que NO ES PERMITIDO EL USO DE SUELO EN ESA ZONA lo aprueban.
4-Hay restricción de la CARDER para nuevas matrículas del acueducto Tribunas-Córcega y aceptaron el certificado de este, pero además presentaron disponibilidad de agua de la Asociación Viva Cerritos...¿cuál es entonces?
5-Inicialmente la radicaron como ECOHOTEL para trámite nuevo.
6-Cambiaron la petición inicial de ECOHOTEL LA ARGENTINA a una vivienda preexistente para 10 personas.
7-Otra perla, la memoria del cálculo al RAS 2000 presentan como Hotel para 100 personas, pero justifican la resolución con 10.
8-Se desconoce si omitieron otros trámites en ese predio.
9-Se otorga permiso de vertimientos y ¿los diseños ya están aprobados?
10-Jurídicamente no explican por qué acomodan el uso del suelo.
11-El concepto de la Subdirección Territorial vale "nada" y es ignorado por la señora Beatriz.
12-El concepto se emite el 10 de diciembre, pero la notificación de la resolución es el 14... ¿qué pasó ahí?
13-Ese ECOHOTEL por obra y capricho de esta señora se transformó en vivienda para aprobarle todo.
Señor director, usted tiene la palabra
Y finalmente va para usted señor Leandro Jaramillo, Director de la CARDER, examine la hoja de vida de la funcionaria JENNIFER LIZETH VÁSQUEZ LOAIZA la contratista que firma el acta de visita y el concepto técnico, ¿sabe que se encontraba en etapa de PREGRADO, sin título universitario y sin registro del ejercicio legítimo de la profesión ante el Concejo Nacional de Administradores del Medio Ambiente? O sea, sencillamente CARECE DE IDONEIDAD PROFESIONAL
¿Consejo Directivo de la CARDER cuándo dará la cara?
Gobernador Sigifredo Salazar - Presidente
María Isabel Mejía Marulanda - Rep. Presidente de la República
Carlos Alberto Botero López - Rep. Ministerio Medio Ambiente
Jorge Humberto Arboleda - Alcalde Apía
Everardo Ochoa - Alcalde Santuario
Francisco J. Medina - Alcalde Mistrató
Fernando Muñoz - Alcalde Dosquebradas
Diego Alonso Mejía - Rep. Sector Privado
César Arango Isaza - Rep. Sector Privado
Mario Jiménez Jiménez - Rep. ONG Ambientales
Luis Carlos Ordoñez - Rep. ONG Ambientales
Eduardo Cuenut - Rep. Comunidades Negras
Leonardo Fabio Siagama - Rep. Comunidades Indígenas
¿Será que en la CARDER mandan las Subdirecciones y el consejo directivo o el director, están para firmar las decisiones de otros?
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