Otra perla más en la novela del Plan de Vivienda San Daniel, esta vez en su afán por sacar del camino a las representantes Patricia y Miriam, Héctor Hincapie Escobar y Fernando Franco, le notifican a Luz Miriam Naranjo Loaiza, representante de la asociación, que según el artículo 8º del Decreto 1590 de 1990, debe presentar descargos, pero hay un inmenso detalle, ese decreto es del Banco Central Hipotecario y solo tiene 3 artículos
Acta de notificación
Y por WhatsApp
De manera "dulce" el funcionario la invita a que lo autorice a "firmar por ella" nada menos que su renuncia
Fernando Franco al igual que Hector Hincapie, "amablemente" le insisten
Siguen "perdidos" estos dos funcionarios, veamos
"Doña Luz Miriam, buenos días. Para comunicarle que el expediente sobre impugnación de asamblea de la Asociación de Vivienda San Daniel queda a su disposición en la Secretaría de Gobierno para que haga descargos o solicite pruebas.
Ello de conformidad con el Artículo 8 del Decreto 1590 de 1990.
Saludos
Héctor Hincapie E.
Abogado Contratista SGD".
Este es el Decreto que citan los señores Abogados
Este decreto habla sobre normas para el Banco Central Hipotecario y solo tiene 3 artículos, no tiene nada que ver con estatutos o algo parecido de Planes de Vivienda, por ahí van muy mal estos dos abogados de la Gobernación, además si las dos señoras alegan con documentos de Ingenieros que las casas están con problemas en su estructura, deben revisar sus denuncias y no tratar de sacarlas del camino a empellones y con decretos que no existen.
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