La denuncia fue presentada en diciembre de 2017 ante la SIC, con el propósito de denunciar los productos Hit de Postobón S.A. por considerar que la publicidad de dichos productos pretende incentivar, de manera engañosa, su consumo por niñas, niños y adolescentes.
La denuncia se dio porque en el comercial del producto - Hit “Elige Hit, la fruta de verdad” - se resaltan cualidades que no son propias del producto, como: que es un jugo por provenir de la fruta, que su consumo es conveniente para la salud de niñas, niños y adolescentes, que es saludable y que es un alimento ideal para la lonchera, es decir, para el consumo habitual de niñas y niños; sin embargo, la bebida Hit en sus sabores de frutas tropicales, mango, mora y naranja contienen exceso de azúcar, superando diez veces el nivel recomendado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Adicionalmente, la cantidad efectiva de fruta del producto es muy poca, en el caso de Hit de naranja es de 1%, mora 8% y en el de frutas tropicales es 9%, por lo que resulta engañoso denominarlo jugo.
Según la SIC “la información entregada por Postobón S.A. a los consumidores a través de su publicidad, aparentemente carece de claridad, veracidad, verificabilidad, precisión, suficiencia e idoneidad en relación con las características atribuidas su producto refresco de frutas Hit (variedades), en la medida que, no hay prueba en el expediente que demuestre el cumplimiento de las condiciones objetivas anunciadas en la publicidad”.
Por otro lado, la SIC evidenció que, en la publicidad mencionada anteriormente, se declaran características y/o condiciones de los productos que “pueden ser engañosas o confusas y/o que pueden inducir a error a los niños, niñas y adolescentes, toda vez que pueden carecer de claridad, veracidad, suficiencia, verificabilidad, precisión e idoneidad…configurándose con ello una aparente vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores”.
Esta formulación de cargos hacia Postobón S.A. supone el inicio una investigación administrativa, por el incumplimiento a las normas que reglamentan la forma y el contenido de la información y de la publicidad dirigida a niñas, niños y adolescentes.
Para Carolina Piñeros, Directora Ejecutiva de Red PaPaz “Estos cargos son un importante hito en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes como consumidores. Muchos productos ultra-procesados engañan con su mercadeo y su publicidad y el Estado tiene la obligación de proteger los derechos prevalentes de nuestros hijos menores de 18 años.
Nuestra propuesta es que estos productos tengan sellos que nos adviertan si son altos en azúcar, sodio o grasas saturadas (PL. 214/2018 #LeyComidaChatarra) e idealmente sacar la publicidad de comida chatarra del mundo de los niños, ya que son estos productos son, en buena medida, los responsables de los crecientes índices de malnutrición, sobrepeso y obesidad de esta población. Esto está en la línea con nuestra la estrategia #NoComasmásMentiras disponible en
www.nocomasmásmentiras.org
Comentarios de los usuarios
Carlos Cortés 12 de Septiembre de 2019 a las 11:16:40
Les comparto este video en el cual tocamos el tema de la publicidad engañosa https://carloscortes.com.co/v3/publicidad-enganosa-en-redes-sociales-entrevista-a-carlos-cortes-en-tome-nota/Deja tu comentario: